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Certificado de Eficiencia Energética
 miércoles, 3 de mayo de 2017 Actualidad

Certificado de Eficiencia Energética

Tal como establece el RD 235/2013, a partir del 1 de junio de 2013 es obligatorio incluir en la publicidad de cualquier tipo (prensa, internet, carteles, etc.) de los inmuebles en venta o alquiler, la calificación energética de los mismos. Sin embargo, transcurridos más de tres años, la inmensa mayoría de los anuncios publicados, tanto por agencias inmobiliarias como por particulares, omiten la citada calificación al no contar con el pertinente certificado de eficiencia energética.

Ante esta situación, el Instituto Vasco de Consumo (Kontsumobide), en colaboración con el Ente Vasco de Energía (EVE), inició en septiembre de 2016 una campaña para fomentar el cumplimiento de la normativa que regula los Certificados de Eficiencia Energética de los edificios y, en especial, lo que se refiere a la publicidad de inmuebles.

Hasta hoy, a diferencia de lo ocurrido en otras comunidades autónomas, en Euskadi no se han producido sanciones por este motivo pero, una vez finalizada esta campaña informativa, Kontsumobide iniciará un proceso de inspecciones que podrían derivar en expedientes sancionadores para aquellos anunciantes que no incluyan la calificación energética de cada inmueble en cualquier medio publicitario, sean particulares o profesionales del sector inmobiliario.